EL INTENDENTE SA PAG AL FRENTE DEL RECLAMO POR EL AUMENTO DE LA FACTURA DE GAS
El Intendente de la ciudad de ZAPALA, Edgardo Raúl Sapag, se presentó, como representante de la comuna y los usuarios perjudicados por las excesivas facturas de gas, ante la justicia federal, con un recurso de amparo aduciendo estar en peligro la salud y la seguridad pública de los mismos; y además por no contar actualmente con un defensor del pueblo, que pueda representar a todos los ciudadanos perjudicados de esta localidad., argumentando que. “es obligación de actuar en garantía de los derechos de los habitantes de la ciudad, a fin de mantener indemne la salubridad y calidad de vida de la población”
El Art. 26 Carta Orgánica Municipal reza textualmente que “La Municipalidad de Zapala garantizará la defensa de los consumidores y usuarios de bienes y servicios en su relación de consumo, contra la distorsión de los mercados y el control de los monopolios que los afecten. Protegerá la salud, seguridad y el patrimonio de los consumidores y usuarios, asegurándole trato equitativo, libertad de elección y el acceso a la información transparente, adecuada, veraz y oportuna...”
La presentación judicial recae en un amparo contra el ESTADO NACIONAL, EL ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS, Y LA EMPRESA CAMUZZI GAS DEL SUR, para la nulidad inmediata y que se ordene la prohibición de la aplicación de las medidas dispuestas por el Decreto nº 2067/08. Además, se ordena a la Distribuidora –CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.- a aceptar el pago de las facturas del servicio excluyendo el cargo decreto nº 2067/2008 y el IVA 21% Decreto nº 2067/08 e intereses, a los amparistas y a todos los usuarios de la ciudad de Zapala, en el caso de la facturas ya emitidas; y/o en relación a las facturas a emitir proceda de igual manera, como así también efectuar cortes de gas por falta de pago.
A fin de evitar el daño inminente e irreparable a los usuarios del servicio público de distribución de gas natural por redes de la ciudad de Zapala (Neuquén), en la presentación realizada en el día de la fecha se requiere que la justicia, disponga con carácter urgente la suspensión en todo el ámbito de la ciudad de Zapala, de los efectos derivados de los instrumentos impugnados:
1) Decreto 2067/2008 dictado por el PEN;
2) Resolución 1451/2008 dictada por el MPIPyS
3) Resolución 563/2008 dictada por el ENARGAS
y se ordene a la Distribuidora –CAMUZZI GAS DEL SUR S.A.- a aceptar el pago de la factura del servicio excluyendo el Cargo Dec. 2067/2008 y el IVA 21% Dec. 2067/08 e intereses, en el caso de las facturas ya emitidas; y/o en relación a las facturas a emitir proceda de igual manera.
Asimismo se ordene a la Distribuidora se abstenga a efectuar cortes en el suministro de gas motivado en la falta de pago de los importes correspondientes al Cargo creado por el Decreto PEN 2067/08 y a sus accesorios en cada período.
También ordene a la Distribuidora que en el caso de las facturas ya abonadas por los usuarios residenciales comprendidos en las mencionadas resoluciones, se les reconozca una nota de crédito correspondiente al cargo, la que se hará efectiva en la facturación correspondiente al período siguiente.
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